Resoluci n N 253 - Adopta el Manual de Condiciones de Bienestar Animal propias de cada una de las especies de producci n del sector agropecuario bovina, bufalina, aves de corral y animales acu ticos.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Resoluci n adopta el Manual de Condiciones de Bienestar Animal propias de cada una de las especies de producci n del sector agropecuario bovina, bufalina, aves de corral y animales acu ticos. Se dispone que toda persona que maneje producci n de las especies mencionadas en el sector agropecuario, deber encontrarse capacitada en bienestar animal. El Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), deber establecer el contenido tem tico del curso de capacitaci n, y ser encargado de realzar la inspecci n, vigilancia y control de las medidas que se adopten en los predios de producci n.
El objeto del Manual es reglamentar las condiciones necesarias que promuevan el Bienestar Animal de cada una de las especies de producci n en el sector agropecuario, mejorando la vida de los animales, dando a conocer las pr cticas que mejoren el bienestar animal, a trav s de la adopci n de procedimientos que propendan por el bienestar, protecci n, respeto, garant as y trato humanitario a las especies bovina, bufalina, aves de corral y animales acu ticos en el sector agropecuario. El presente Manual se enmarca en las siguientes libertades de los animales: Libre de hambre, sed y desnutrici n; Libre de temor y angustia; Libre de molestias f sicas y t rmicas; Libre de dolor, de lesi n y de enfermedad; Libre de impedimentos de manifestar un comportamiento natural.
Los fundamentos del Bienestar Animal conlleva: 1) Promover el Bienestar Animal aplicado, con un enfoque hacia la producci n animal, donde se involucran aspectos de salud animal, comportamiento y producci n para mejorar su "calidad de vida"; 2) El Bienestar Animal para cada especie se debe establecer en forma precisa y cient fica; 3) Proveer ventajas de Bienestar Animal para los animales mantenidos en los sistemas de producci n agropecuaria, como son las mejoras en el alojamiento, nutrici n, tratamiento y prevenci n de enfermedades; 4) El manejo de las especies de producci n del sector agropecuario deber promover una relaci n positiva entre los humanos y los animales.
El objeto del Manual es reglamentar las condiciones necesarias que promuevan el Bienestar Animal de cada una de las especies de producci n en el sector agropecuario, mejorando la vida de los animales, dando a conocer las pr cticas que mejoren el bienestar animal, a trav s de la adopci n de procedimientos que propendan por el bienestar, protecci n, respeto, garant as y trato humanitario a las especies bovina, bufalina, aves de corral y animales acu ticos en el sector agropecuario. El presente Manual se enmarca en las siguientes libertades de los animales: Libre de hambre, sed y desnutrici n; Libre de temor y angustia; Libre de molestias f sicas y t rmicas; Libre de dolor, de lesi n y de enfermedad; Libre de impedimentos de manifestar un comportamiento natural.
Los fundamentos del Bienestar Animal conlleva: 1) Promover el Bienestar Animal aplicado, con un enfoque hacia la producci n animal, donde se involucran aspectos de salud animal, comportamiento y producci n para mejorar su "calidad de vida"; 2) El Bienestar Animal para cada especie se debe establecer en forma precisa y cient fica; 3) Proveer ventajas de Bienestar Animal para los animales mantenidos en los sistemas de producci n agropecuaria, como son las mejoras en el alojamiento, nutrici n, tratamiento y prevenci n de enfermedades; 4) El manejo de las especies de producci n del sector agropecuario deber promover una relaci n positiva entre los humanos y los animales.
Attached files
Web site
Date of text
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No