Resolución Nº 253 - Adopta el Manual de Condiciones de Bienestar Animal propias de cada una de las especies de producción del sector agropecuario bovina, bufalina, aves de corral y animales acuáticos.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Resolución adopta el Manual de Condiciones de Bienestar Animal propias de cada una de las especies de producción del sector agropecuario bovina, bufalina, aves de corral y animales acuáticos. Se dispone que toda persona que maneje producción de las especies mencionadas en el sector agropecuario, deberá encontrarse capacitada en bienestar animal. El Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), deberá establecer el contenido temático del curso de capacitación, y será encargado de realzar la inspección, vigilancia y control de las medidas que se adopten en los predios de producción.
El objeto del Manual es reglamentar las condiciones necesarias que promuevan el Bienestar Animal de cada una de las especies de producción en el sector agropecuario, mejorando la vida de los animales, dando a conocer las prácticas que mejoren el bienestar animal, a través de la adopción de procedimientos que propendan por el bienestar, protección, respeto, garantías y trato humanitario a las especies bovina, bufalina, aves de corral y animales acuáticos en el sector agropecuario. El presente Manual se enmarca en las siguientes libertades de los animales: Libre de hambre, sed y desnutrición; Libre de temor y angustia; Libre de molestias físicas y térmicas; Libre de dolor, de lesión y de enfermedad; Libre de impedimentos de manifestar un comportamiento natural.
Los fundamentos del Bienestar Animal conlleva: 1) Promover el Bienestar Animal aplicado, con un enfoque hacia la producción animal, donde se involucran aspectos de salud animal, comportamiento y producción para mejorar su "calidad de vida"; 2) El Bienestar Animal para cada especie se debe establecer en forma precisa y científica; 3) Proveer ventajas de Bienestar Animal para los animales mantenidos en los sistemas de producción agropecuaria, como son las mejoras en el alojamiento, nutrición, tratamiento y prevención de enfermedades; 4) El manejo de las especies de producción del sector agropecuario deberá promover una relación positiva entre los humanos y los animales.
El objeto del Manual es reglamentar las condiciones necesarias que promuevan el Bienestar Animal de cada una de las especies de producción en el sector agropecuario, mejorando la vida de los animales, dando a conocer las prácticas que mejoren el bienestar animal, a través de la adopción de procedimientos que propendan por el bienestar, protección, respeto, garantías y trato humanitario a las especies bovina, bufalina, aves de corral y animales acuáticos en el sector agropecuario. El presente Manual se enmarca en las siguientes libertades de los animales: Libre de hambre, sed y desnutrición; Libre de temor y angustia; Libre de molestias físicas y térmicas; Libre de dolor, de lesión y de enfermedad; Libre de impedimentos de manifestar un comportamiento natural.
Los fundamentos del Bienestar Animal conlleva: 1) Promover el Bienestar Animal aplicado, con un enfoque hacia la producción animal, donde se involucran aspectos de salud animal, comportamiento y producción para mejorar su "calidad de vida"; 2) El Bienestar Animal para cada especie se debe establecer en forma precisa y científica; 3) Proveer ventajas de Bienestar Animal para los animales mantenidos en los sistemas de producción agropecuaria, como son las mejoras en el alojamiento, nutrición, tratamiento y prevención de enfermedades; 4) El manejo de las especies de producción del sector agropecuario deberá promover una relación positiva entre los humanos y los animales.
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Date of text
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No