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Decreto Nº 3.609 - Reglamento de la Ley de Semillas (Libro I, Título VI del Texto Unificado de la Legislación Secundaria del Ministerio de Agricultura y Ganadería).

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
El presente Decreto expide el Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio de Agricultura y Ganadería, que contiene el Libro I, Título VI, que aprueba el Reglamento de la Ley de Semillas. El presente Reglamento dispone que todo cultivar, perteneciente a las especies en proceso de certificación y cuya semilla se quiera comercializar en el país, deberá registrarse en el Departamento de Certificación de Semillas del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG). El Consejo Nacional de Semillas, en forma previa a la expedición del registro de un cultivar, deberá conceptuar sobre la conveniencia o inconveniencia de éste para la producción agrícola del país
Toda persona natural o jurídica interesada en producir y comercializar semillas en el país, deberá registrarse como productos de semillas en el Departamento de Certificación de Semillas del MAG.
Date of text
Repealed
Yes
Serial Imprint
Registro Oficial, Edición Especial Nº 1, 20 de marzo de 2003.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No
Implements