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Ley N 488 - Ley de bosques.

Country
Type of law
Legislation
Source

Keywords

Abstract
La presente Ley tiene por objeto el r gimen forestal provincial. Declara de inter s p blico los bosques y su aprovechamiento racional, defensa, enriquecimiento y ampliaci n. El ejercicio de los derechos sobre los bosques de propiedad fiscal y privada, sus frutos y productos, estar sometido a las normas, restricciones y limitaciones establecidas por la presente Ley. Los bosques quedan clasificados en protectores, permanentes, experimentales, especiales, de producci n e improductivos.
La Ley est compuesta por las siguientes partes: (I) Generalidades; (II) Clasificaci n; (III) R gimen forestal com n; (IV) R gimen de los bosques nativos; (V) R gimen de los bosques implantados; (VI) R gimen forestal especial; (VII) De los aforos y derechos especiales; (VIII) Fondo forestal; (IX) Fomento forestal; (X) Control forestal; (XI) Infracciones y penalidades; (XII) Disposiciones complementarias y transitorias.
Date of text
Repealed
No
Source language

Spanish

Legislation status
in force
Legislation Amendment
No