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Decreto N 118/1973 - Ley de reforma y desarrollo agrario.

Country
Type of law
Legislation
Source

Abstract
La Ley consta de 4 libros, 292 art culos, 9 disposiciones finales, 15 transitorias y 1 derogatoria. INDICE: Libro I - Normas Org nicas: Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario (I); Consejo del Instituto (II); Jurado de fincas mejorables (III); Comisiones locales de concentraci n parcelaria (IV); Juntas provinciales, comarcales y locales (V). Libro II - Adquisici n, redistribuci n y r gimen de tierras: Adquisici n y redistribuci n de tierras (I); R gimen de tierras y de las explotaciones familiares adjudicadas o controladas por el Instituto (II); R gimen de unidades m nimas de cultivo (III). Libro III - Actuaciones en comarcas o zonas determinadas por Decreto: Normas comunes a todas las zonas (I); Obras y mejoras territoriales (II); Grandes zonas de inter s nacional (III); Zonas de ordenaci n de explotaciones (IV); Comarcas mejorables (V); Concentraci n parcelaria (VI). Libro IV - Actuaciones en fincas o explotaciones agrarias: Expropiaci n por causa de inter s social (I); Fincas mejorables (II); Permutas forzosas (III); Explotaciones agrarias ejemplares y calificadas (IV); Auxilios econ micos y t cnicos (V). El art culo 1 establece que el suelo r stico deber utilizarse en la forma que mejor corresponda a su naturaleza, con subordinaci n a las necesidades de la comunidad nacional. El art culo 2 define la funci n social de la propiedad r stica que obliga a su titular a: a) explotar la tierra con criterios t cnicos-econ micos apropiados seg n su destino agrario m s id neo; b) realizar en las fincas de aprovechamiento agrario las transformaciones y mejoras necesarias para conseguir la m s adecuada explotaci n de los recursos naturales disponibles de acuerdo con el nivel t cnico existente y siempre que las inversiones necesarias sean rentables desde un punto de vista econ mico y social; y c) prestar el trabajo en condiciones adecuadas y dignas en la empresa agraria, y a efectuar directamente o en colaboraci n con la Administraci n las inversiones necesarias de car cter social que sean proporcionadas a la dimensi n de la empresa (art. 2 ). La acci n del Estado en relaci n con la reforma y desarrollo agrario tendr como fines fundamentales: 1) la transformaci n econ mica y social de las grandes zonas y de las comarcas que as lo precisen en beneficio de la comunidad nacional y la mejora del medio rural en orden a la elevaci n de las condiciones de vida de la poblaci n campesina; 2) la creaci n, mejora y conservaci n de explotaciones agrarias de caracter sticas socioecon micas adecuadas; 3) el mejor aprovechamiento y conservaci n de los recursos naturales en aguas y tierras (art. 3 ). Corresponde al Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario llevar a cabo las acciones determinadas en el art culo 3 (art. 4 ).
Date of text
Notes
Que deroga 19 leyes.
Repealed
No
Serial Imprint
Bolet n Oficial del Estado N 30, 3 de febrero de 1973, p gs. 1990-2026.
Source language

Spanish

Legislation status
in force
Legislation Amendment
No