Decreto N 2414/1961 - Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El Reglamento consta de 2 t tulos, 45 art culos, 4 disposiciones adicionales, 3 transitorias y 3 anexos. INDICE: Intervenci n administrativa en las actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas (I): Disposiciones generales (1), Competencia (2), Actividades reguladas por este Reglamento (3); R gimen jur dico (II): Procedimiento para la concesi n de licencias (1), Sanciones (2), Recursos (3).
La legislaci n espa ola en esta materia se hab a regido mediante el "Reglamento y nomenclador de establecimientos inc modos, insalubres y peligrosos", de 1925, hasta su derogaci n mediante la Orden del 13 de noviembre de 1950, que establec a nuevas orientaciones en cuanto a la calificaci n de las industrias, que dej de hacerse seg n moldes r gidos. Se ha elaborado el presente Reglamento siguiendo la orientaci n iniciada por la Orden de 1950. Caracter sticas de este Reglamento son, entre otras, la de referirse no a "establecimientos o industrias", como hac a el de 1925, sino a "actividades", t rmino m s amplio y comprensivo (art. 1 ). Sustituye tambi n el calificativo de "inc modas" por el de "molestas", y a ade el concepto de "nocivas" para las actividades que sin ser insalubres pueden originar da os a la riqueza agr cola, forestal, pecuaria y pisc cola. El Reglamento incluye un nomenclador, sin el car cter r gido y excluyente del de 1925, sino como orientaci n y siempre abierto a nuevas inclusiones de "actividades" no previstas, ya que como se dice en el art culo 2 , no tiene car cter limitativo.
La legislaci n espa ola en esta materia se hab a regido mediante el "Reglamento y nomenclador de establecimientos inc modos, insalubres y peligrosos", de 1925, hasta su derogaci n mediante la Orden del 13 de noviembre de 1950, que establec a nuevas orientaciones en cuanto a la calificaci n de las industrias, que dej de hacerse seg n moldes r gidos. Se ha elaborado el presente Reglamento siguiendo la orientaci n iniciada por la Orden de 1950. Caracter sticas de este Reglamento son, entre otras, la de referirse no a "establecimientos o industrias", como hac a el de 1925, sino a "actividades", t rmino m s amplio y comprensivo (art. 1 ). Sustituye tambi n el calificativo de "inc modas" por el de "molestas", y a ade el concepto de "nocivas" para las actividades que sin ser insalubres pueden originar da os a la riqueza agr cola, forestal, pecuaria y pisc cola. El Reglamento incluye un nomenclador, sin el car cter r gido y excluyente del de 1925, sino como orientaci n y siempre abierto a nuevas inclusiones de "actividades" no previstas, ya que como se dice en el art culo 2 , no tiene car cter limitativo.
Attached files
Date of text
Repealed
Yes
Serial Imprint
Bolet n Oficial del Estado N 292, 7 de diciembre de 1961, p gs. 17259-17271.
Source language
Spanish
Legislation status
repealed
Legislation Amendment
No