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Instrucci n IS/30 - Requisitos del programa de protecci n contra incendios en centrales nucleares. Revisi n 2.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
La presente Instrucci n tiene por objeto requerir a los titulares de las centrales nucleares un programa de protecci n contra incendios y definir los criterios que debe cumplir dicho programa. El titular de la autorizaci n de explotaci n de una central nuclear deber adoptar el principio de defensa en profundidad en la protecci n contra incendios, implantando medidas para evitar un incendio antes de su inicio; para detectarlo, controlarlo y extinguirlo lo antes posible en caso de que ste se produzca; y para evitar la propagaci n del mismo a otras reas que puedan afectar a la seguridad. El titular de la autorizaci n de explotaci n de una central nuclear deber garantizar, mediante confinamiento en reas de fuego, que un incendio que no se pueda extinguir dejar libre de da o, al menos, uno de los trenes redundantes de parada segura, de forma que la central pueda alcanzar y mantener dicha parada segura y que se minimice la posibilidad de liberaciones radiactivas al exterior.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Bolet n Oficial del Estado N 289, 30 de noviembre de 2016.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No