Ley N 21/2013 - Ley de Evaluaci n Ambiental.
Country
Type of law
Legislation
Date of original text
Abstract
La presente Ley de Evaluaci n Ambiental, establece las bases que deben regir la evaluaci n ambiental de los planes, programas y proyectos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente, garantizando en todo el territorio del Estado un elevado nivel de protecci n ambiental, con el fin de promover un desarrollo sostenible, mediante: a) la integraci n de los aspectos medioambientales en la elaboraci n y en la adopci n, aprobaci n o autorizaci n de los planes, programas y proyectos; b) el an lisis y la selecci n de las alternativas que resulten ambientalmente viables; c) el establecimiento de las medidas que permitan prevenir, corregir y, en su caso, compensar los efectos adversos sobre el medio ambiente; d) el establecimiento de las medidas de vigilancia, seguimiento y sanci n necesarias para cumplir con las finalidades de esta ley.
Se entiende por Evaluaci n ambiental, el procedimiento administrativo instrumental respecto del de aprobaci n o de adopci n de planes y programas, as como respecto del de autorizaci n de proyectos o, en su caso, respecto de la actividad administrativa de control de los proyectos sometidos a declaraci n responsable o comunicaci n previa, a trav s del cual se analizan los posibles efectos significativos sobre el medio ambiente de los planes, programas y proyectos. La evaluaci n ambiental incluye tanto la evaluaci n ambiental estrat gica como la evaluaci n de impacto ambiental . Sobre la relaci n entre la evaluaci n ambiental estrat gica y la de impacto ambiental debe se alarse que, de conformidad con las directivas comunitarias, la primera no excluye a la segunda, de forma que se mantiene la anterior regulaci n.
Se entiende por Evaluaci n ambiental, el procedimiento administrativo instrumental respecto del de aprobaci n o de adopci n de planes y programas, as como respecto del de autorizaci n de proyectos o, en su caso, respecto de la actividad administrativa de control de los proyectos sometidos a declaraci n responsable o comunicaci n previa, a trav s del cual se analizan los posibles efectos significativos sobre el medio ambiente de los planes, programas y proyectos. La evaluaci n ambiental incluye tanto la evaluaci n ambiental estrat gica como la evaluaci n de impacto ambiental . Sobre la relaci n entre la evaluaci n ambiental estrat gica y la de impacto ambiental debe se alarse que, de conformidad con las directivas comunitarias, la primera no excluye a la segunda, de forma que se mantiene la anterior regulaci n.
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Date of consolidation/reprint
Notes
ltima actualizaci n, publicada el 14/06/2023, en vigor a partir del 15/06/2023.
Repealed
No
Serial Imprint
Bolet n Oficial del Estado N 296, 11 de diciembre de 2013.
Source language
Spanish
Legislation status
in force
Legislation Amendment
No
Amends
Implements
Implemented by
Repeals