Real Decreto N 772/2017 - Regula el potencial de producci n vit cola.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Real Decreto tiene como objeto establecer la normativa b sica en materia de potencial vitivin cola, necesaria para el desarrollo del Reglamento N 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se crea la organizaci n com n de mercados de los productos agrarios. Las disposiciones contenidas en este Real Decreto ser n de aplicaci n nicamente al vi edo destinado a la producci n de uva de vinificaci n, y no ser de aplicaci n en la Comunidad Aut noma de las Islas Canarias.
El R gimen de autorizaciones para plantaciones de vi edo, dispone que desde la entrada en vigor de este Real Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2030, las plantaciones de vi edo de uva de vinificaci n podr n ser plantadas o replantadas nicamente si se concede una autorizaci n de conformidad con las condiciones establecidas en el Reglamento N 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, el Reglamento Delegado N 2015/560 de la Comisi n, el Reglamento de Ejecuci n N 2015/561, de la Comisi n, y en el presente Real Decreto. Las autorizaciones de plantaci n concedidas en virtud del presente real decreto se entender n sin perjuicio del debido cumplimiento, para el ejercicio de la plantaci n, del resto de normativa aplicable, en especial en materia vitivin cola, medioambiental, de sanidad vegetal y de plantas de vivero.
El R gimen de autorizaciones para plantaciones de vi edo, dispone que desde la entrada en vigor de este Real Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2030, las plantaciones de vi edo de uva de vinificaci n podr n ser plantadas o replantadas nicamente si se concede una autorizaci n de conformidad con las condiciones establecidas en el Reglamento N 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, el Reglamento Delegado N 2015/560 de la Comisi n, el Reglamento de Ejecuci n N 2015/561, de la Comisi n, y en el presente Real Decreto. Las autorizaciones de plantaci n concedidas en virtud del presente real decreto se entender n sin perjuicio del debido cumplimiento, para el ejercicio de la plantaci n, del resto de normativa aplicable, en especial en materia vitivin cola, medioambiental, de sanidad vegetal y de plantas de vivero.
Attached files
Web site
Date of text
Repealed
Yes
Serial Imprint
Bolet n Oficial del Estado N 180, 29 de julio de 2017.
Source language
Spanish
Legislation status
repealed
Legislation Amendment
No