Ley de tierras bald as y ejidos.
Type of law
Legislation
Abstract
La presente Ley de tierras bald as y ejidos establece que son bald os todos los terrenos que no sean ejidos ni propiedad particular ni pertenezcan leg timamente a corporaciones o personas jur dicas, considerando tambi n como bald os, y la Naci n entra desde luego a poseerlos, los terrenos ejidos que han quedado abandonados por la extinci n, comprobada oficialmente, del dominio que en ellos ejerc a el Municipio. Son terrenos ejidos los que en concepto de tales han venido gozando varios Consejos y poblaciones que arrancan de la poca colonial y los que hayan sido adquiridos como ejidos por los respectivos Municipios de conformidad con las Leyes que han regido anteriormente acerca de la materia.
Attached files
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Gaceta Oficial, 3 de septiembre de 1936.
Source language
Spanish
Legislation status
in force
Legislation Amendment
No