Ley Nº 13.577 de Obras Sanitarias de la Nación.
Country
Type of law
Regulation
Date of original text
Date of latest amendment
Abstract
La presente ley rige la Administración General de Obras Sanitarias de la Nación, que constituye una institución dependiente del Ministerio de Obras Públicas. Corresponde a la misma el estudio, proyecto, construcción, renovación, ampliación y explotación de las obras de provisión de agua y saneamiento urbano en la Capital Federal y ciudades y pueblos de la República y la exploración, alumbramiento y utilización de las aguas subterráneas. El Poder Ejecutivo podrá autorizar a la Administración General de Obras Sanitarias de la Nación a establecer industrias para extraer o producir la materia prima o los materiales elaborados necesario para sus servicios, o bien a participar en empresas de capital mixto, que persigan el mismo objeto. Entre otras cuestiones, la ley regula su organización, atribuciones, deberes y autoridades; aplicabilidad; régimen financiero; régimen de explotación; y régimen de construcciones de obras.
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Repealed
No
Serial Imprint
Boletín Oficial del 2 de Noviembre de 1949.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No