This content is exclusively provided by FAO / FAOLEX

Ley Nº 25.127 - Producción ecológica, biológica y orgánica.

Country
Type of law
Legislation
Source

Abstract
La presente Ley dispone que la calificación de un producto como ecológico, biológico u orgánico es facultad reglamentaria de la autoridad de aplicación y sólo se otorgará a aquellas materias primas, productos intermedios, productos terminados y subproductos que provengan de un sistema donde se hayan aplicado las prácticas establecidas en la reglamentación de esta Ley. Será autoridad de aplicación de la presente ley, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la Nación, a través del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.
Date of text
Repealed
No
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No