Ley Nº VI-99 - Mujeres en contexto de ruralidad.
Country
Type of law
Legislation
Abstract
La presente ley tiene por objeto promover políticas públicas específicas que garantizan la igualdad en la diversidad de mujeres en contextos de ruralidad, para el acceso efectivo a sus derechos. A fin de promover la transformación progresiva de los factores estructurales que sustentan y reproducen las desigualdades por motivos de género en el ámbito rural, el Estado provincial debe asegurar acciones de protección de derechos teniendo en cuenta los siguientes ejes: 1) Desarrollo personal y autonomía económica; 2) Acceso a bienes y recursos naturales; 3) Salud, bienestar y protección social; 4) Educación y alfabetización digital; 5) Justicia asequible y equidad de género; 6) Empleo digno y formal; 7) Participación política y pública; 8) Respeto y valorización de la diversidad cultural.
Los objetivos de la ley son: 1) Integrar transversalmente estrategias, planes y programas agropecuarios y de desarrollo a fin de igualar oportunidades; 2) Potenciar la participación activa y liderazgo de las mujeres en contextos de ruralidad en la construcción de diferentes formas organizativas que promueven su empoderamiento económico efectivo; 3) Propiciar a través de los organismos competentes el acceso a incentivos financieros y a recursos económicos, en condiciones de igualdad de género; La Cámara de Representantes de la Provincia de Misiones 4) Consolidar redes de trabajo para favorecer el crecimiento solidario entre las mujeres en contextos de ruralidad y promover el emprendedurismo y asociativismo; 5) Facilitar la transición de las mujeres en contextos de ruralidad de la economía informal a la economía formal a fin de mejorar las condiciones de trabajo rural; 6) Promover el efectivo acceso, continuidad y terminalidad educativa en todos los niveles y modalidades; 7) Asegurar la participación de las mujeres en la elaboración y aplicación de las estrategias de desarrollo rural; 8) Impulsar el liderazgo de las mujeres en contextos de ruralidad en términos de empoderamiento y participación activa para favorecer su efectiva inclusión e incidencia en los espacios de diálogo, proposición y análisis de propuestas de políticas públicas; 9) Visibilizar y valorizar el trabajo de mujeres en contextos de ruralidad que garantizan la producción de alimentos, generan empleo e impulsan la economía misionera; 10) Contribuir en la transformación del patrón estructural de vulnerabilidad, desde una mirada interseccional e intercultural; 11) Motivar acciones que inciden directamente en la erradicación de la violencia hacia las mujeres en contextos de ruralidad; 12) Incentivar la inclusión digital y social de las mujeres en contextos de ruralidad, a través de la capacitación sobre el uso de las Tecnologías de la Comunicación y la Información (TIC); 13) Fortalecer la accesibilidad al sistema de salud y mejorar la calidad de vida de las mujeres en contextos de ruralidad, a fin de promover su bienestar, la educación para la salud y la realización de los controles médicos preventivos; 14) Favorecer la participación ciudadana de las mujeres en contextos de ruralidad en instituciones democráticas con el objeto de incorporar en los procesos de toma de decisión de todos los niveles de gobierno, las opiniones, aportes y demandas, como así también de sus agrupaciones y asociaciones.
Los objetivos de la ley son: 1) Integrar transversalmente estrategias, planes y programas agropecuarios y de desarrollo a fin de igualar oportunidades; 2) Potenciar la participación activa y liderazgo de las mujeres en contextos de ruralidad en la construcción de diferentes formas organizativas que promueven su empoderamiento económico efectivo; 3) Propiciar a través de los organismos competentes el acceso a incentivos financieros y a recursos económicos, en condiciones de igualdad de género; La Cámara de Representantes de la Provincia de Misiones 4) Consolidar redes de trabajo para favorecer el crecimiento solidario entre las mujeres en contextos de ruralidad y promover el emprendedurismo y asociativismo; 5) Facilitar la transición de las mujeres en contextos de ruralidad de la economía informal a la economía formal a fin de mejorar las condiciones de trabajo rural; 6) Promover el efectivo acceso, continuidad y terminalidad educativa en todos los niveles y modalidades; 7) Asegurar la participación de las mujeres en la elaboración y aplicación de las estrategias de desarrollo rural; 8) Impulsar el liderazgo de las mujeres en contextos de ruralidad en términos de empoderamiento y participación activa para favorecer su efectiva inclusión e incidencia en los espacios de diálogo, proposición y análisis de propuestas de políticas públicas; 9) Visibilizar y valorizar el trabajo de mujeres en contextos de ruralidad que garantizan la producción de alimentos, generan empleo e impulsan la economía misionera; 10) Contribuir en la transformación del patrón estructural de vulnerabilidad, desde una mirada interseccional e intercultural; 11) Motivar acciones que inciden directamente en la erradicación de la violencia hacia las mujeres en contextos de ruralidad; 12) Incentivar la inclusión digital y social de las mujeres en contextos de ruralidad, a través de la capacitación sobre el uso de las Tecnologías de la Comunicación y la Información (TIC); 13) Fortalecer la accesibilidad al sistema de salud y mejorar la calidad de vida de las mujeres en contextos de ruralidad, a fin de promover su bienestar, la educación para la salud y la realización de los controles médicos preventivos; 14) Favorecer la participación ciudadana de las mujeres en contextos de ruralidad en instituciones democráticas con el objeto de incorporar en los procesos de toma de decisión de todos los niveles de gobierno, las opiniones, aportes y demandas, como así también de sus agrupaciones y asociaciones.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Boletín Oficial, 14 de Julio de 2023.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No