Ley XVII - Nro. 110 - Creación del Banco Provincial de Alimentos.
Country
Type of law
Legislation
Abstract
La presente Ley crea el Banco Provincial de Alimentos, con el objeto de contribuir a satisfacer las necesidades alimentarias de la población económicamente más vulnerable, impulsar acciones solidarias, mejorar la nutrición y evitar el desperdicio de alimentos. El Banco se encarga de recepcionar las donaciones de productos alimenticios que cumplen con las exigencias bromatológicas y de inocuidad contenidas en el Código Alimentario Argentino para el tipo de producto correspondiente; clasificar, almacenar y distribuir equitativamente entre familias, sectores poblacionales necesitados u organizaciones comunitarias, según corresponda. También se establece que el Banco de Alimentos coloque en el exterior de los envases, envoltorios o bultos a donar, un rótulo identificatorio con la leyenda "Pprohibida su comercialización".
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Boletín Oficial de la Provincia de Misiones, 12 de julio de 2019.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No