Protocolo Adicional al Acuerdo de Alcance Parcial para la Promoción Económica, Comercial y de Inversiones entre la República Argentina y la República de Bolivia para la cooperación sobre medidas sanitarias y fitosanitarias.
Type of law
Agreement
Abstract
Las Partes Contratantes han concluido el presente Protocolo al fin de asegurar que el comercio bilateral no comporte ningún tipo de riesgo sanitario (sanidad animal, vegetal o inocuidad alimentaria). Cada Parte podrá adoptar, mantener o aplicar cualquier medida sanitaria o fitosanitaria necesaria para la sanidad de la protección de la sanidad animal, vegetal o de la salud humana en su territorio, siempre y cuando tal medida: a) esté basada en principios científicos; b) esté basada en una evaluación del riesgo apropiada a las circunstancias. Las medidas sanitarias y fitosanitarias no deberán constituir una restricción encubierta al comercio bilateral.
Attached files
Date of text
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No