Resolución Nº 1.145/2013 - Sustituye el artículo 2º de la Resolución Nº 42 de 1998, que establece la obligatoriedad del Certificado de Origen en zona de producción, para la cebolla fresca que se comercialice en el mercado interno y de exportación.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Resolución dispone que el Certificado Fitosanitario de Exportación a todo destino para la cebolla fresca deberá expedirse en la zona de producción.
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Date of text
Repealed
Yes
Serial Imprint
Boletín Oficial Nº 32.770, 21 de noviembre de 2013, pág. 48.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No