Resolución Nº 2/01 - Régimen General de Cuotas Individuales de Captura.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Resolución aprueba el Régimen General de Cuotas Individuales de Captura, al cual estarán sujetas la asignación, tenencia, transferencia, utilización y extinción de Cuotas Individuales de Captura (CIC) de todas aquellas especies que, según lo decida el Consejo Federal Pesquero, se incorporen como especies sujetas al régimen de administración previsto por el artículo 27 de la Ley Nº24.922. El Consejo Federal Pesquero se encargará de determinar las especies cuyo aprovechamiento quedará sometido a dicho régimen de administración y dictará las normas aplicables en función de las características de cada una de ellas y de los factores socioeconómicos de las pesquerías de que se trate. Las cuotas de captura serán establecidas por buque, por especie, por zona de pesca y por tipo de flota. Podrán ser titulares de una cuota individual de captura los titulares de permisos de pesca debidamente inscriptos en el Registro de la Pesca.
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Date of text
Repealed
Yes
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No
Implements