Segunda Contribución Determinada a Nivel Nacional.
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Policy
Abstract
En el marco del Acuerdo de París, cada País debe presentar una "Contribución Determinada a Nivel Nacional" que establezca sus objetivos y acciones para mitigar el cambio climático. Estas contribuciones pueden incluir metas de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, planes de adaptación al cambio climático y medidas de apoyo para la implementación de estas acciones. La primera "Contribución Determinada a Nivel Nacional" de la República Argentina fue presentada en 2015, y estableció un objetivo de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero del 15% condicionado a recibir financiamiento y apoyo tecnológico internacional.
Con esta segunda Contribución, la República Argentina se compromete a una meta absoluta e incondicional, aplicable a todos los sectores de la economía, de no exceder la emisión neta de 359 MtCO2 e en el año 2030. Además, para el mismo año, habrá logrado disminuir la vulnerabilidad, aumentar la capacidad de adaptación y fortalecer la resiliencia de los diferentes sectores sociales, económicos y ambientales a través de medidas de concientización y construcción de capacidades que le permitan al país y su población responder solidariamente al desafío urgente de proteger el planeta. Esta Segunda Contribución Determinada a Nivel Nacional refleja un tratamiento equilibrado y una mejora en los pilares básicos de la lucha contra el cambio climático. En tal sentido, la República Argentina incrementa su compromiso respecto a la meta de mitigación presentada en 2016, incorpora una meta de adaptación en conformidad con el artículo 7.1 del Acuerdo de París, e incluye una mención a la necesidad de contar con los medios de implementación suficientes para hacer frente al desafío del cambio climático, en línea con su compromiso de promover un desarrollo integral y sostenible en el marco de una transición justa.
Las medidas sectoriales abarcan, entre otras, las siguientes áreas: agricultura y ganadería; energía; biodiversidad y ecosistemas; salud; turismo.
Con esta segunda Contribución, la República Argentina se compromete a una meta absoluta e incondicional, aplicable a todos los sectores de la economía, de no exceder la emisión neta de 359 MtCO2 e en el año 2030. Además, para el mismo año, habrá logrado disminuir la vulnerabilidad, aumentar la capacidad de adaptación y fortalecer la resiliencia de los diferentes sectores sociales, económicos y ambientales a través de medidas de concientización y construcción de capacidades que le permitan al país y su población responder solidariamente al desafío urgente de proteger el planeta. Esta Segunda Contribución Determinada a Nivel Nacional refleja un tratamiento equilibrado y una mejora en los pilares básicos de la lucha contra el cambio climático. En tal sentido, la República Argentina incrementa su compromiso respecto a la meta de mitigación presentada en 2016, incorpora una meta de adaptación en conformidad con el artículo 7.1 del Acuerdo de París, e incluye una mención a la necesidad de contar con los medios de implementación suficientes para hacer frente al desafío del cambio climático, en línea con su compromiso de promover un desarrollo integral y sostenible en el marco de una transición justa.
Las medidas sectoriales abarcan, entre otras, las siguientes áreas: agricultura y ganadería; energía; biodiversidad y ecosistemas; salud; turismo.
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No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No