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Decreto Supremo Nº 3058 - Modifica el Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo para crear el Ministerio de Energías, estableciendo su estructura, atribuciones y competencias, y fusionar el Ministerio de Autonomías al Ministerio de la Presidencia, y el Ministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción al Ministerio de Justicia.

Type of law
Regulation
Source

Abstract
El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar el Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo para crear el Ministerio de Energías, estableciendo su estructura, atribuciones y competencias, y fusionar el Ministerio de Autonomías al Ministerio de la Presidencia, y el Ministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción al Ministerio de Justicia.
El Ministerio de Energía se compondrá de dos viceministerios: 1) Viceministerio de Altas Tecnologías Energéticas (Litio, Energía Nuclear) y 2) Viceministerio de Electricidad y Energías Alternativas. Las atribuciones del Ministerio de Energía son, entre otras: Proponer y dirigir la Política Energética del País, promover su desarrollo integral, sustentable y equitativo y garantizar la soberanía energética; Elaborar las políticas y estrategias para asegurar el acceso universal y equitativo a los servicios de electricidad; Promover, formular y aplicar las estrategias del desarrollo e integración energética regional y del país; Establecer políticas y estrategias, que garanticen el abastecimiento de energía eléctrica para el consumo interno; Proponer proyectos de expansión del sector de energía, a través del aprovechamiento de los recursos naturales renovables y no renovables, respetando el medio ambiente; Formular, controlar, fiscalizar, la política y normativa socio-ambiental del sector de energía; Proponer e implementar políticas y programas para el desarrollo de la investigación y aplicación de la energía nuclear con fines pacíficos en todos aquellos sectores que requieran su utilización; etc.
El Decreto modifica asimismo el Decreto Supremo Nº 29894, relativo al Ministerio de Hidrocarburos, estableciendo que se compondrá de dos viceministerios: 1) Viceministerio de Exploración y Explotación de Hidrocarburos; 2) Viceministerio de Industrialización, Comercialización, Transporte y Almacenaje de Hidrocarburos. Las Atribuciones del Ministerio serán, entre otras: Proponer y dirigir la Política Hidrocarburífera del País, promover su desarrollo integral, sustentable y equitativo y garantizar su soberanía; Definir y ejecutar políticas de promoción de áreas de exploración de hidrocarburos; Elaborar las políticas y estrategias para asegurar el acceso universal y equitativo a los servicios de gas domiciliario; etc.
Por último, el Decreto Supremo regula el nuevo Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional, el cual se compondrá de los siguientes viceministerios: 1) Viceministerio de Justicia y Derechos Fundamentales; 2) Viceministerio de Justicia Indígena Originario Campesina; 3) Viceministerio de Igualdad de Oportunidades; 4) Viceministerio de Defensa de los Derechos del Usuario y del Consumidor; y 5) Viceministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción. Las atribuciones de este Ministerio y Viceministerios serán, entre otras: Promover el acceso a la justicia, formulando políticas, normas y programas de lucha contra la impunidad y la retardación de justicia; Promover y desarrollar mecanismos de solución de conflictos; Formular políticas y normas de prevención, sanción y eliminación de toda forma de violencia de género, generacional y personas con discapacidad; Formular políticas y normas para garantizar el acceso de las mujeres a la salud, educación, información, espacios políticos a la justicia; Formular normas, políticas, programas y proyectos para garantizar la defensa de los derechos de las y los consumidores y de las y los usuarios de servicios, y para garantizar y defender el acceso universal a los servicios básicos; Formular y ejecutar políticas, programas y proyectos de gestión con ética y transparencia, y de prevención y de lucha contra la corrupción; Estructurar y ejecutar políticas, programas y proyectos del derecho de acceso a la información pública de los ciudadanos; etc.
Se establece igualmente que en cada Ministerio se creará una Unidad de Transparencia a cargo de un Jefe de Unidad bajo la dependencia directa de la Ministra(o), la que se encargará de transparentar la gestión pública del Ministerio.
Date of text
Repealed
Yes
Publication reference
Gaceta Oficial Edición 929NEC, 24 de enero de 2017.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No