Decreto Supremo No. 4211-Difiere de manera temporal el Gravamen Arancelario a cero por ciento (0%) por el plazo de dos (2) años computables desde la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, para la importación de las mercancías identificadas a nivel de subpartidas arancelarias del Arancel Aduanero de Importaciones de Bolivia que en Anexo forma parte indivisible de la presente norma.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente decreto modifica de manera temporal el Gravamen Arancelario a cero por ciento (0%) por el plazo de dos años computables desde la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, para la importación de las mercancías identificadas a nivel de subpartidas arancelarias del Arancel Aduanero de Importaciones de Bolivia que en Anexo forma parte indivisible de la presente norma. En concreto, el documento se refiriere al trigo y mojarco como mercancías afectadas por la medida.
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Date of text
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No