Resolución Administrativa Nº 046/2018 - Apruébase el Reglamento de Registro Sanitario de Mataderos, Plantas de Beneficio y Plantas de Faena.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Resolución Administrativa, del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria, aprueba el Reglamento de Registro Sanitario de Mataderos, Plantas de Beneficio y Plantas de Faena, el cual como anexo forma parte indivisible de la presente Resolución.
El Reglamento adjunto tiene por objeto establecer los requisitos y procedimientos para la obtención, renovación, modificación, transferencia y/o cancelación del registro sanitario otorgado a empresas del rubro alimenticio, denominadas mataderos, también llamados plantas de beneficio o plantas de faena, que cumplan con los requisitos documentales y sanitarios establecidos en el presente Reglamento. Están sujetas a registro todas las personas naturales o jurídicas, que realicen los procesos u operaciones que involucra el desarrollo de las actividades y servicios relacionados con el beneficio de animales de abasto o aves de corral. Se entiende por registro sanitario al aval emitido por el SENASAG a todas las personas dedicadas al beneficio de animales de abasto y aves de corral que cumplan con los requisitos sanitarios establecidos en el presente reglamento y que cumplen con los reglamentos mencionados en el punto 1.7. Se detallan los requisitos documentales a presentar para la obtención y/o renovación del Registro Sanitario.
El Reglamento adjunto tiene por objeto establecer los requisitos y procedimientos para la obtención, renovación, modificación, transferencia y/o cancelación del registro sanitario otorgado a empresas del rubro alimenticio, denominadas mataderos, también llamados plantas de beneficio o plantas de faena, que cumplan con los requisitos documentales y sanitarios establecidos en el presente Reglamento. Están sujetas a registro todas las personas naturales o jurídicas, que realicen los procesos u operaciones que involucra el desarrollo de las actividades y servicios relacionados con el beneficio de animales de abasto o aves de corral. Se entiende por registro sanitario al aval emitido por el SENASAG a todas las personas dedicadas al beneficio de animales de abasto y aves de corral que cumplan con los requisitos sanitarios establecidos en el presente reglamento y que cumplen con los reglamentos mencionados en el punto 1.7. Se detallan los requisitos documentales a presentar para la obtención y/o renovación del Registro Sanitario.
Attached files
Web site
Date of text
Entry into force notes
30 de abril de 2018.
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No