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Resolución Administrativa Nº 217/2006 - Aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Control de la Producción Ecológica.

Type of law
Regulation
Source

Abstract
La presente Resolución Administrativa aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Control de la Producción Ecológica, el cual como anexo forma parte indivisible de la presente Resolución.
Reglamento del Sistema Nacional de Control de la Producción Ecológica tiene por objeto normar el funcionamiento del Sistema Nacional de Control de la Producción Ecológica, en cumplimiento a la Ley Nº 3525 de regulación y promoción de la producción agropecuaria y forestal no maderable ecológica. El campo de aplicación del Reglamento es la Producción Ecológica, que contempla a los sectores agrícola, pecuaria, recolección silvestre, acuicultura y apicultura, productos semiprocesados y procesados en base de las anteriores, sujetos a procesos de Certificación. Se considera producto ecológico, orgánico o biológico a todo aquel producto originado en un sistema de producción y/o aprovechamiento agrícola, pecuario, acuícola, apícola u otras, y que en su procesamiento o transformación empleen tecnologías, que están en armonía con el medio ambiente, respetando la integridad cultural y que optimicen la utilización de los recursos naturales y socioeconómicos a fin de garantizar una producción sostenible. El Sistema Nacional de Control de la Producción Ecológica tendrá por objeto fiscalizar y supervisar los procesos de Certificación, Producción, Procesamiento y Comercialización de productos ecológicos. Se detallan sus atribuciones. Igualmente, se establece y regula el Registro Nacional de Organismos de Certificación, con el objeto de autorizar su funcionamiento.
El Reglamento establece normas relativas a las funciones de la autoridad competente de la producción ecológica; las clases de certificación de productos ecológicos; al registro, seguimiento y control de los organismos de certificación para el comercio internacional, el sistema alternativo de calidad para el mercado nacional y local, y los operadores de productos ecológicos; a la exportación e importación de productos ecológicos; a las infracciones y sanciones; y a los recursos de impugnación a las sanciones.
Date of text
Repealed
No
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No