Resolución Administrativa Nº 26/2009 - Aprueba el Reglamento para la Autorización de Proyectos de Investigación Científica en Materia de Diversidad Biológica en Bolivia.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Resolución Administrativa, del Ministerio de Medio Ambiente y Agua de Bolivia, aprueba el Reglamento para la Autorización de Proyectos de Investigación Científica en materia de Diversidad Biológica. La norma establece que el Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad y Cambios Climáticos es la Autoridad Ambiental Competente Nacional encargada de aprobar proyectos de investigación sobre biodiversidad, regular a las instituciones científicas autorizadas (públicas y privadas), así como garantizar la conservación y el uso sostenible de los recursos naturales. Define requisitos para investigadores, proyectos, convenios y exportación de muestras, además de prever mecanismos de coordinación con el SERNAP y otras instituciones públicas vinculadas.
El reglamento contempla procedimientos para la presentación, evaluación y aprobación de proyectos científicos, estableciendo plazos, documentación necesaria y condiciones de validez. Regula también la relación con conocimientos tradicionales, medicina tradicional y recursos genéticos, garantizando la soberanía del Estado sobre la biodiversidad. Asimismo, define infracciones (como realizar investigaciones sin autorización, exportar muestras sin permiso o desviar usos aprobados) y sanciones que van desde llamadas de atención hasta la suspensión de autorizaciones y decomisos. Finalmente, dispone la creación de un sistema de información sobre proyectos de investigación y exige la adecuación de los proyectos ya autorizados al nuevo marco normativo.
El reglamento contempla procedimientos para la presentación, evaluación y aprobación de proyectos científicos, estableciendo plazos, documentación necesaria y condiciones de validez. Regula también la relación con conocimientos tradicionales, medicina tradicional y recursos genéticos, garantizando la soberanía del Estado sobre la biodiversidad. Asimismo, define infracciones (como realizar investigaciones sin autorización, exportar muestras sin permiso o desviar usos aprobados) y sanciones que van desde llamadas de atención hasta la suspensión de autorizaciones y decomisos. Finalmente, dispone la creación de un sistema de información sobre proyectos de investigación y exige la adecuación de los proyectos ya autorizados al nuevo marco normativo.
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Web site
Date of text
Entry into force notes
El presente Reglamento entrará en vigencia a partir de los treinta días calendario, posteriores a su aprobación y publicación.
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No