Resolución Bi-Ministerial Nº 0006 - Aprueba el Reglamento Técnico de la Fortificación de la Harina de Trigo y Mezclas a Base de Harina de Trigo.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Resolución, del Ministerio de Salud y Deportes, aprueba el Reglamento Técnico de la Fortificación de la Harina de Trigo y Mezclas a Base de Harina de Trigo, con las modificaciones dispuestas por las Resoluciones Bi-Ministeriales Nos. de 30 de diciembre de 2010 y 0003 de 25 de marzo de 2011.
El Reglamento Técnico establece normas obligatorias para asegurar que toda harina destinada al consumo humano —ya sea producida localmente, importada o donada— esté fortificada con micronutrientes esenciales: sulfato ferroso anhidro (hierro), ácido fólico y vitaminas del complejo B. El objetivo es combatir la desnutrición y malnutrición por deficiencia de micronutrientes, especialmente en mujeres y niños, mediante la incorporación de estos nutrientes en productos de panadería, pastelería, fideos y similares. El reglamento fija las concentraciones mínimas de cada nutriente y responsabiliza a industrias molineras, importadores y donantes por el cumplimiento técnico y sanitario del proceso de fortificación.
Además, el reglamento establece un sistema nacional de control de calidad a cargo del Ministerio de Salud y Deportes y otras entidades como el SENASAG, el IN LASA, y gobiernos municipales. Se especifican requisitos para la producción, importación, etiquetado, envasado, comercialización y monitoreo, incluyendo auditorías periódicas y verificación de niveles de fortificación en puntos de expendio. También se definen contravenciones y sanciones por incumplimiento, se garantiza la posibilidad de ajustes técnicos en la composición de la premezcla, y se exige coordinación entre diferentes instituciones públicas para la aplicación efectiva del reglamento. En conjunto, el documento representa una política integral de salud pública orientada a mejorar la calidad nutricional de la alimentación básica en Bolivia.
El Reglamento Técnico establece normas obligatorias para asegurar que toda harina destinada al consumo humano —ya sea producida localmente, importada o donada— esté fortificada con micronutrientes esenciales: sulfato ferroso anhidro (hierro), ácido fólico y vitaminas del complejo B. El objetivo es combatir la desnutrición y malnutrición por deficiencia de micronutrientes, especialmente en mujeres y niños, mediante la incorporación de estos nutrientes en productos de panadería, pastelería, fideos y similares. El reglamento fija las concentraciones mínimas de cada nutriente y responsabiliza a industrias molineras, importadores y donantes por el cumplimiento técnico y sanitario del proceso de fortificación.
Además, el reglamento establece un sistema nacional de control de calidad a cargo del Ministerio de Salud y Deportes y otras entidades como el SENASAG, el IN LASA, y gobiernos municipales. Se especifican requisitos para la producción, importación, etiquetado, envasado, comercialización y monitoreo, incluyendo auditorías periódicas y verificación de niveles de fortificación en puntos de expendio. También se definen contravenciones y sanciones por incumplimiento, se garantiza la posibilidad de ajustes técnicos en la composición de la premezcla, y se exige coordinación entre diferentes instituciones públicas para la aplicación efectiva del reglamento. En conjunto, el documento representa una política integral de salud pública orientada a mejorar la calidad nutricional de la alimentación básica en Bolivia.
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Date of text
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No