Protocolo Adicional al Acuerdo para la conservación de la fauna acuática en los cursos de los ríos limítrofes, entre el Gobierno de la República del Paraguay y el Gobierno de la República Federativa del Brasil.
Type of law
Agreement
Abstract
El presente Protocolo Adicional tiene por objeto reglamentar la explotación de los recursos ícticos y el ejercicio de actividades pesqueras en las aguas de los ríos limítrofes entre los territorios de Paraguay y Brasil. Para el ejercicio de las actividades de pesca y la explotación de los recursos pesqueros se requiere la autorización, permiso, registro y licencia expedido por los organismos ejecutores de las Partes (art. III). El Protocolo introduce normas referidas tanto a la pesca comercial como a la pesca deportiva y a la pesca científica. La pesca deportiva podrá ser practicada con la utilización de anzuelo y liñada o caña. Se incluye también la pesca de subsistencia. El Protocolo consta de las siguientes Partes: (I) Del contenido; (II) De la coordinación; (III) Del ejercicio de las actividades pesqueras; (IV) De las modalidades de pesca; (V) De la explotación de los recursos pesqueros; (VI) De los lugares y períodos de reproducción; (VII) De la introducción de especies; (VIII) De la comercialización del producto de la pesca; (IX) De la fiscalización, de las infracciones y sanciones; (X) Disposiciones finales.
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Date of text
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No