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Decreto con fuerza de Ley Nº 5 - Sobre la industria pesquera y sus derivados.

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Type of law
Legislation
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Keywords

Abstract
El Decreto con fuerza de Ley consta de 6 títulos y 62 artículos. INDICE: La Pesca (I). Los pescadores (II). Funciones y atribuciones del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción sobre el sector pesquero (III). Prohibiciones y restricciones (IV). Procedimientos y penalidades (V). Disposiciones generales (VI).
La pesca comprende las actividades destinadas a extraer, poseer, conservar y utilizar elementos biológicos que tienen en el agua su medio normal de vida (art. 1º). Toda persona que ejerza la profesión de pescador deberá tener carnet de identidad e inscribirse en los registros especiales de la capitanía de puerto respectiva (art. 5º). El Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, sin perjuicio de sus demás atribuciones legales, es la Secretaria de Estado a través de la cual se fijarán las políticas básicas que servirán para dirigir y coordinar las actividades que corresponde realizar al Estado en relación con el sector pesquero (art. 12). Se crea en el mencionado Ministerio la Subsecretaría de Pesca (art. 15).
Notes
Que refunde el DFL Nº 34 del 12 de marzo de 1931; y deroga los Decretos Leyes Nº 685 del 17 de octubre de 1925 y 814 del 22 de diciembre de 1925.Del presente DFL han sido derogados: los artículos 1º a 11 (Pesca); el artículo 16 (Subsecretaría de Pesca); los artículos 22 a 23 (Consejo Nacional de Pesca); el artículo 27 (Estructura orgánica del Servicio Nacional de Pesca).Ultima Modificación :31-ENE-2019 Ley 21132
Repealed
No
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No