Decreto Nº 29 - Aprueba Reglamento para la clasificación de especies silvestres según estado de conservación.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Reglamento establece las disposiciones que rigen el procedimiento para la clasificación de especies de plantas, algas, hongos y animales silvestres según lo dispuesto en el artículo 37 de la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Estas disposiciones son aplicables sólo a las especies de plantas, algas, hongos y animales silvestres que sean nativas de Chile. Las categorías de conservación que serán utilizadas para la clasificación de plantas, algas, hongos y animales silvestres son las recomendadas por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) y corresponden a las siguientes: Extinta, Extinta en Estado Silvestre, En Peligro Crítico, En Peligro, Vulnerable, Casi Amenazada, Preocupación Menor y Datos insuficientes.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Diario Oficial del 27 de abril de 2012.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No
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