Decreto Nº 92 - Veda biológica para el recurso camarón nailon en área y período que indica.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Decreto, que consta de 4 artículos, establece una veda biológica para el recurso camarón nailon (Heterocarpus reedi), que regirá en el área marítima de la II a la VIII Regiones entre los días 1º de julio y 31 de agosto de cada año calendario, ambas fechas inclusive. Durante el período de veda biológica, prohíbese la captura, comercialización, transporte, procesamiento, elaboración y almacenamiento de la especie vedada y de los productos derivados de ella.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Diario Oficial Nº 35.978, 30 de enero de 1998, pág. 2.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No