This content is exclusively provided by FAO / FAOLEX

Decreto Núm. 2 – Reglamento que establece condiciones para nombramiento de las Autoridades Científicas de la Ley Nº 20.962, y regula el procedimiento para su selección.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
El presente Reglamento tiene por objeto regular los requisitos para el nombramiento de las Autoridades Científicas establecidas en el artículo 5° de la Ley N° 20.962 (Ley que aplica Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestre) y el procedimiento de selección de dichas autoridades. Corresponderá a las Autoridades Científicas asesorar a las autoridades administrativas y de observancia en materias propias de la Convención, y en especial: a) colaborar en la identificación de especímenes interceptados, retenidos, incautados o decomisados; b) pronunciarse sobre aspectos científico-técnicos que son necesarios para la emisión de permisos o certificados Cites; c) asesorar a la Autoridad Administrativa en la adopción de medidas pertinentes para limitar la expedición de permisos de exportación cuando la situación de la población de una especie así lo requiera; d) emitir informes sobre la elaboración y revisión de las propuestas de enmienda de la Convención y de la inclusión de especies a sus Apéndices; e) participar en las reuniones de la Conferencia de las Partes, Comités de Fauna y de Flora, en el Comité Permanente y en otros órganos de la Convención; f) desempeñar las demás tareas que les confiera la Ley o la Convención.
Date of text
Repealed
No
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No