Ley Nº 20.872 – Establece normas permanentes para enfrentar las consecuencias de catástrofes naturales en el sector pesquero.
Country
Type of law
Legislation
Abstract
La presente Ley establece el marco normativo para enfrentar las consecuencias de catástrofes naturales en el sector pesquero. En particular se dispone que no se considerará durante el plazo de dos años (contado desde la entrada en vigencia de la correspondiente declaración de estado de catástrofe) la no realización de actividad pesquera extractiva en la que incurran los pescadores artesanales, los titulares de autorizaciones de pesca, permisos y licencias transables de pesca y las embarcaciones respectivas, inscritas en el Registro correspondiente al momento de la ocurrencia de la catástrofe y como consecuencia de la misma. Asimismo los armadores artesanales inscritos en el Registro Pesquero Artesanal correspondiente, cuyas embarcaciones estén impedidas de operar con motivo de la misma, se entenderán autorizados, en el mismo plazo, para operar con embarcaciones que no sean de su propiedad, conforme a las condiciones y requisitos que se indican.
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Date of text
Entry into force notes
La Ley entró en vigencia el 28 de octubre de 2015.
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No