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Resolución Nº 2.619 - Lista de especies de plantas que serán consideradas malezas prohibidas.

Country
Type of law
Regulation
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Keywords

Abstract
La presente Resolución en base al artículo 100 del Reglamento de General de la Ley de Semillas, aprobado por Decreto Nº 188 del 12 de junio de 1978, que dispone que no podrán ser comercializadas las semillas que contengan malezas prohibidas o sobrepasen los máximos permitidos en semillas de malezas objetables y comunes y se establecerá por resolución las especies que serán consideradas malezas prohibidas, establece la lista de especies de plantas que serán consideradas tales (art. 1º). Ninguna semilla de tales especies podrá estar presente en la semilla de cultivo que se comercie con fines de siembra, sea esta certificada o corriente (art. 2º). El artículo 6º enumera la especies de plantas consideradas como "malezas prohibidas no presentes en el país", y ninguna semilla de ellas podrá estar presente en la semilla de cultivo que se solicite internar al país.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Disponible en fotocopia, 5 págs.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No