Resolución Nº 3.418 - Dispone requisitos de internación para estructuras subterráneas de reproducción vegetativa de especies ornamentales y deroga resoluciones que indica.
Country
Type of law
Regulation
Date of original text
Date of latest amendment
Abstract
La presente Resolución establece requisitos fitosanitarios para la importación de estructuras subterráneas de propagación vegetativa, entendiendo por ello todos aquellos órganos vegetales que se desarrollan bajo la superficie del suelo y que se utilizan para multiplicar y propagar plantas, como bulbos, pseudobulbos, cormos, tubérculos, rizomas y raíces tuberosas. Se establece que las estructuras subterráneas de propagación vegetativa deberán estar totalmente libres de suelo, y que los sustratos autorizados deberán cumplir lo establecido en la resolución N° 558 de 1999 del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG). Asimismo, todas las estructuras subterráneas de propagación vegetativa deberán estar amparadas por un Certificado Fitosanitario emitido por la autoridad competente del país de origen, debiendo contener las declaraciones adicionales por especie señaladas en esta Resolución. Corresponderá a los profesionales del SAG inspeccionar las estructuras subterráneas de propagación vegetativa al momento de ingresar al país.
Attached files
Web site
Entry into force notes
La presente Resolución entrará en vigencia 60 días después de su publicación en el Diario Oficial, el 11 de noviembre de 2002.
Notes
Última versión. Modificada por Resolución Nº 3.179 de 11 de mayo de 2020, del Servicio Agrícola y Ganadero.
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No