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Decreto 380/2021 – por el cual se regula el control de los riesgos para la salud y el medio ambiente en el marco de la erradicación de cultivos ilícitos mediante el método de aspersión aérea, y se dictan otras disposiciones.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
El presente Decreto adiciona el Capítulo 7, “De la destrucción de cultivos ilícitos mediante el método de aspersión aérea,” del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015, “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho.” El objetivo del capítulo es adoptar un marco normativo especial, independiente y autónomo sobre el control del riesgo para la salud y medio ambiente en el marco de la disposición de la destrucción de cultivos ilícitos mediante el método de aspersión aérea (aeronave tripulada).
De las actuaciones previas a la destrucción, El Consejo Nacional de Estupefacientes, debe definir el ámbito territorial donde se ejecutarán los programas y, en todo caso, debe excluir las áreas del Sistema Parques Nacionales Naturales y los Parques Naturales Regionales, los ecosistemas estratégicos como páramos, humedales categoría Ramsar y manglares, los cuerpos de agua y los centros poblados. También deben tener un Plan de Manejo Ambiental que incluye un estudio de impacto ambiental o su complemento.
La ejecución del programa de erradicación de cultivos ilícitos mediante el método de aspersión aérea esta a cargo de la Dirección de Antinarcóticos de la Policía Nacional (DIRAN). La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) realiza el seguimiento a los Planes de Manejo Ambiental Específicos del programa.
Date of text
Repealed
No
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No