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Decreto Nº 216 - Adopta el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos Bajo Régimen de Protección Temporal y dicta otras disposiciones en materia migratoria.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
El presente Decreto tiene por objeto establecer el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos bajo Régimen de Protección Temporal, el cual está compuesto por el Registro Único de Migrantes Venezolanos y el Permiso por Protección Temporal. El Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos bajo Régimen de Protección Temporal, que tendrá una vigencia de diez años, es un mecanismo jurídico de protección temporal dirigido a la población migrante venezolana que cumpla con las características establecidas, por medio del cual se busca generar el registro de información de esta población migrante y posteriormente otorgar un beneficio temporal de regularización a quienes cumplan con los requisitos establecidos, sin perjuicio de la facultad discrecional que le asiste al Gobierno nacional en materia de relaciones exteriores.
Se crea el Registro Único de Migrantes Venezolanos, administrado por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, que se aplicará de manera obligatoria a todos los nacionales venezolanos, con el objeto recaudar y actualizar información como insumo para la formulación y diseño de políticas públicas, e identificar a los migrantes de nacionalidad venezolana que cumplen con alguna de las condiciones establecidas y quieran acceder a las medidas de protección temporal contenidas en el presente Estatuto. La información contenida en el Registro no tendrá fines sancionatorios, salvo las excepciones que establezca la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia en el acto administrativo mediante el cual se lleve a cabo su implementación, sin perjuicio del cumplimiento de las medidas impuestas por las autoridades judiciales o administrativas competentes.
El Permiso por Protección Temporal (PPT) es un mecanismo de regularización migratoria y documento de identificación, que autoriza a los migrantes venezolanos a permanecer en el territorio nacional en condiciones de regularidad migratoria especiales, y a ejercer durante su vigencia, cualquier actividad u ocupación legal en el país, incluidas aquellas que se desarrollen en virtud de una vinculación o de contrato laboral, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos establecidos en el ordenamiento jurídico colombiano para el ejercicio de las actividades reguladas.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Diario Oficial Nº 51.603, 1º de marzo de 2021.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No