This content is exclusively provided by FAO / FAOLEX

Decreto Nº 2.366 - Crea la Agencia de Renovación del Territorio (ART).

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
El presente Decreto crea la Agencia de Renovación del Territorio (ART), con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, técnica y financiera, adscrita al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. El objeto de la ART es coordinar la intervención de las entidades nacionales y territoriales en las zonas rurales afectadas por el conflicto priorizadas por el Gobierno nacional, a través de la ejecución de planes y proyectos para la renovación territorial de estas zonas, que permitan su reactivación económica, social y su fortalecimiento institucional, para que se integren de manera sostenible al desarrollo del país.
Son funciones de la ART: 1)adoptar los planes de acción para la ejecución de las políticas para la intervención de las zonas rurales de conflicto; 2) liderar el proceso de coordinación inter e intrasectorial a nivel nacional y territorial, para la estructuración y ejecución de planes y proyectos de intervención territorial, que permitan desarrollar la estrategia de intervención de las zonas rurales de conflicto; 3) diseñar e implementar los espacios y mecanismos para asegurar la participación de los actores territoriales públicos y privados, la sociedad civil, las organizaciones sociales, comunitarias y productivas rurales en la formulación de los planes y estructuración de proyectos de intervención territorial; 4) definir los criterios y parámetros para la formulación de planes y la estructuración y ejecución de proyectos en las zonas rurales de conflicto; 5) formular e implementar el plan general de renovación territorial en las zonas rurales de conflicto, que incorpora los proyectos de intervención territorial en coordinación con las entidades nacionales competentes y con las autoridades territoriales, y de manera participativa con los actores locales; 6) definir los criterios y parámetros para la selección, calificación y asignación de recursos que se destinen a los proyectos de intervención territorial a ejecutarse en las zonas rurales de conflicto; 7) diseñar y promover modelos de operación y contratación para la estructuración y ejecución de los proyectos de intervención territorial, a través de esquemas de financiación y cofinanciación, tales como asociación público-privada, concesiones, convenios marco de cofinanciación y contratos con operadores; 8) adoptar procesos de articulación con el sector privado y la sociedad civil, con el fin de que los proyectos de intervención territorial que estos ejecuten, estén alineados con los planes de intervención territorial; 9) adoptar estrategias y programas de generación de capacidades regionales y locales en las zonas rurales de conflicto, en articulación con los sectores competentes y con actores nacionales y locales; 10) administrar el Banco de Proyectos de los proyectos de intervención territorial el cual estará conformado por los proyectos que se estructuren por la ART; 11) adelantar la gestión contractual para la formulación y ejecución de los planes y proyectos de intervención territorial financiados y cofinanciados por la ART; 12) definir el esquema general de seguimiento y evaluación a la ejecución de los proyectos que se adelanten dentro del plan general de renovación de los planes de intervención territorial de las zonas rurales de conflicto; 13) coordinar con la Agencia para la Cooperación, la identificación y programación de los recursos de cooperación técnica para los territorios priorizados en los que actúa la ART, y determinar las prioridades para su asignación; 14) adelantar la divulgación y difusión de la oferta de servicios de la ART, para garantizar el adecuado acceso a la información en las zonas rurales de conflicto priorizadas.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Diario Oficial Nº 49.719, 7 de diciembre de 2015.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No