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Decreto Nº 41 - Prohíbe la fabricación, importación y la exportación de los productos con mercurio añadido clasificados en las subpartidas arancelarias que corresponde al listado establecido en el Convenio de Minamata sobre el Mercurio.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
El presente Decreto, para dar cumplimiento a los compromisos adquiridos por Colombia relacionados con el Convenio de Minamata sobre el Mercurio, prohíbe la fabricación, importación y la exportación de los productos con mercurio añadido clasificados en las subpartidas arancelarias que corresponde al listado establecido en el Anexo A, Parte 1 del Convenio. Se excluyen de la prohibición los siguientes productos: 1) Productos esenciales para usos militares y protección civil; 2) Productos para investigación, calibración de instrumentos, para uso como patrón de referencia; 3) Cuando no haya disponible ninguna alternativa sin mercurio viable para piezas de repuesto, interruptores y relés, lámparas fluorescentes de cátodo frío y lámparas fluorescentes de electrodo externo para pantallas electrónicas y aparatos de medición; 4) Productos utilizados en prácticas tradicionales o religiosas; 5) Vacunas que contengan Jimerosal como conservante.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Diario Oficial Nº 51.653, 22 de abril de 2021.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No