Documento CONPES 4050, Política Nacional del Sistema Nacional de Áreas Protegidas -SINAP- 2020 - 2030
Country
Type of law
Policy
Abstract
El presente documento pone en consideración del CONPES un conjunto de estrategias y acciones para consolidar el SINAP desarrollando una visión a 2030. Se representa una contribución importante del país a la tarea global de generar cambios y transformaciones en el período de 2021 a 2030. El documento está compuesto por seis secciones: en la introducción se presenta de manera general el enfoque y sustento de la política; en la segunda sección se presentan los antecedentes normativos y la justificación de la necesidad de contar con un SINAP consolidado y bien administrado; la tercera sección contiene el marco conceptual; la cuarta sección presenta el diagnóstico donde se identifican las principales presiones y demás factores que inciden en el riesgo de pérdida de la naturaleza en las áreas protegidas del SINAP, así como sus consecuencias; la quinta sección define la política, precisando sus objetivos; y finalmente, la sexta sección presenta las recomendaciones al CONPES para la implementación de la política.
Se establecen tres objetivos de conservación del país que son los propósitos nacionales de conservación de la naturaleza, especialmente la diversidad biológica, y que se pueden alcanzar mediante diversas estrategias: (i) asegurar la continuación de los procesos ecológicos y evolutivos naturales para mantener la diversidad biológica, (ii) garantizar la oferta de bienes y servicios ambientales esenciales para el bienestar humano, y (iii) garantizar la permanencia del medio natural, o de algunos de sus componentes, como fundamento para el mantenimiento de la diversidad cultural del país y de la valoración social de la naturaleza.
Se establecen objetivos específicos de conservación de las áreas protegidas: (i) preservar y restaurar la condición natural de espacios que representen los ecosistemas del país o combinaciones características de ellos, (ii) preservar las poblaciones y los hábitats necesarios para la sobrevivencia de las especias o conjuntos de especies silvestres que presentan condiciones particulares de especial interés para la conservación de la biodiversidad, con énfasis en aquellas de distribución restringida ,(iii) conservar la capacidad productiva de ecosistemas naturales o de aquellos en proceso de restablecimiento de su estado natural, así como la viabilidad de las poblaciones de especies silvestres, de manera que se garantice una oferta y aprovechamiento sostenible de los recursos biológicos, (iv) mantener las coberturas naturales y aquellas en proceso de restablecimiento de su estado natural, así como las condiciones ambientales necesarias para regular la oferta de bienes y servicios ambientales, (v) conservar áreas que contengan manifestaciones de especies silvestres, agua, gea o combinaciones de éstas, que se constituyen en espacios únicos, raros o de atractivo escénico especial, debido a su significación científica, emblemática o que conlleven significados tradicionales espaciales para las culturas del país, (vi) proveer espacios naturales o aquellos en proceso de restablecimiento de su estado natural, aptos para el deleite, la recreación, la educación, el mejoramiento de la calidad ambiental y la valoración social de la naturaleza, y (vii) conservar espacios naturales asociados a elementos de cultura material o inmaterial de grupos étnicos.
Se establecen tres objetivos de conservación del país que son los propósitos nacionales de conservación de la naturaleza, especialmente la diversidad biológica, y que se pueden alcanzar mediante diversas estrategias: (i) asegurar la continuación de los procesos ecológicos y evolutivos naturales para mantener la diversidad biológica, (ii) garantizar la oferta de bienes y servicios ambientales esenciales para el bienestar humano, y (iii) garantizar la permanencia del medio natural, o de algunos de sus componentes, como fundamento para el mantenimiento de la diversidad cultural del país y de la valoración social de la naturaleza.
Se establecen objetivos específicos de conservación de las áreas protegidas: (i) preservar y restaurar la condición natural de espacios que representen los ecosistemas del país o combinaciones características de ellos, (ii) preservar las poblaciones y los hábitats necesarios para la sobrevivencia de las especias o conjuntos de especies silvestres que presentan condiciones particulares de especial interés para la conservación de la biodiversidad, con énfasis en aquellas de distribución restringida ,(iii) conservar la capacidad productiva de ecosistemas naturales o de aquellos en proceso de restablecimiento de su estado natural, así como la viabilidad de las poblaciones de especies silvestres, de manera que se garantice una oferta y aprovechamiento sostenible de los recursos biológicos, (iv) mantener las coberturas naturales y aquellas en proceso de restablecimiento de su estado natural, así como las condiciones ambientales necesarias para regular la oferta de bienes y servicios ambientales, (v) conservar áreas que contengan manifestaciones de especies silvestres, agua, gea o combinaciones de éstas, que se constituyen en espacios únicos, raros o de atractivo escénico especial, debido a su significación científica, emblemática o que conlleven significados tradicionales espaciales para las culturas del país, (vi) proveer espacios naturales o aquellos en proceso de restablecimiento de su estado natural, aptos para el deleite, la recreación, la educación, el mejoramiento de la calidad ambiental y la valoración social de la naturaleza, y (vii) conservar espacios naturales asociados a elementos de cultura material o inmaterial de grupos étnicos.
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Web site
Date of text
Repealed
No
Publication reference
Consejo Nacional de Política Económica y Social- CONPES.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No