Ley 2200 – Se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los departamentos
Country
Type of law
Legislation
Abstract
La presente Ley tiene por objeto establecer el régimen político y administrativo que rige a los departamentos como entidades territoriales, autónomas y descentralizadas que hacen parte de la República unitaria. La ley esta estructurada con tres títulos: I) del objeto, definición, principios rectores de la administración departamental y competencias, II) de las asambleas departamentales, y III) de los gobernadores.
Se establecen las competencias bajo esquemas de autonomía y descentralización territorial en, entre otros: apoyar el desarrollo agropecuario, propiciar espacios de participación territorial de campesinas y campesinos desde enfoques de derechos humanos, diferenciales y territoriales, rescatar y enaltecer los valores tradicionales, culturales, económicos, sociales y ambientales, mediante una producción agropecuaria sostenible, resiliente e incluyente, promover el turismo ecológico, liderar la formulación y ejecución de políticas en materia cultural, e implementar y hacer seguimiento a las políticas para la promoción y garantía de derechos al adulto mayor con enfoque de género. Bajo esquemas de coordinación, concurrencias y complementariedad, se establecen competencias, entre otros: Promover e impulsar el desarrollo rural, con políticas incluyentes, acceso a oportunidades y garantías, al goce de derechos, con perspectiva de desarrollo sostenible, equitativo e igualitario que permita la superación de esquemas de pobreza y exclusión, en materia de ordenamiento territorial, deben adoptar las directrices y orientaciones para el ordenamiento de la totalidad del territorio o de porciones del mismo, conforme con estructuras ambientales sostenibles y de las potencialidades y limitantes geofísicas, económicos y culturales, a fin de generar un orden adecuado, garantizar el derecho de todas las personas a gozar de un ambiente sano y la protección del patrimonio natural, concurrir, de forma coordinada con la nación y los municipios, en la implementación de la política nacional de la formalización minera.
Se establece el proceso de la creación de nuevos departamentos y definiciones de limites dudosos. Se establecen que los departamentos tienen autonomía en materia de planeación y que cada departamento desarrolla su plan de ordenamiento departamental.
Se establecen las competencias bajo esquemas de autonomía y descentralización territorial en, entre otros: apoyar el desarrollo agropecuario, propiciar espacios de participación territorial de campesinas y campesinos desde enfoques de derechos humanos, diferenciales y territoriales, rescatar y enaltecer los valores tradicionales, culturales, económicos, sociales y ambientales, mediante una producción agropecuaria sostenible, resiliente e incluyente, promover el turismo ecológico, liderar la formulación y ejecución de políticas en materia cultural, e implementar y hacer seguimiento a las políticas para la promoción y garantía de derechos al adulto mayor con enfoque de género. Bajo esquemas de coordinación, concurrencias y complementariedad, se establecen competencias, entre otros: Promover e impulsar el desarrollo rural, con políticas incluyentes, acceso a oportunidades y garantías, al goce de derechos, con perspectiva de desarrollo sostenible, equitativo e igualitario que permita la superación de esquemas de pobreza y exclusión, en materia de ordenamiento territorial, deben adoptar las directrices y orientaciones para el ordenamiento de la totalidad del territorio o de porciones del mismo, conforme con estructuras ambientales sostenibles y de las potencialidades y limitantes geofísicas, económicos y culturales, a fin de generar un orden adecuado, garantizar el derecho de todas las personas a gozar de un ambiente sano y la protección del patrimonio natural, concurrir, de forma coordinada con la nación y los municipios, en la implementación de la política nacional de la formalización minera.
Se establece el proceso de la creación de nuevos departamentos y definiciones de limites dudosos. Se establecen que los departamentos tienen autonomía en materia de planeación y que cada departamento desarrolla su plan de ordenamiento departamental.
Attached files
Web site
Date of text
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No