Política nacional para consolidar la interrelación del catastro y el registro. Documento CONPES Nº 3641.
Country
Type of law
Policy
Abstract
La Política nacional para consolidar la interrelación del catastro y el registro, en el marco de la estrategia para reducir la pobreza y la desigualdad. La presente Política identifica los ejes problemáticos relacionados principalmente con las deficiencias en el intercambio, unificación, mantenimiento y acceso a la información, tanto catastral como registral, por parte de todos los actores que participan en dicho proceso. Asimismo, define las acciones encaminadas al desarrollo de la Política como también, los responsables y tiempos para su ejecución. El problema central al cual busca responder la presente Política es la deficiencia que existe en la interrelación de la información de catastro con la información jurídica de registro.
La presente Política se enmarca en las bases del PND 2006 – 2010 (Ley Nº 1151 de 2007), que plantea metas cuantitativas en lo relacionado con la interrelación de catastro y registro, estableciendo que la información de catastro y registro de los municipios debe haber sido interrelacionada de forma inicial, y para el caso de ciudades principales esta interrelación debe estar operando. Asimismo, el Plan fijó para el caso de los procesos de actualización catastral, lo cuales tienen un impacto positivo y directo sobre la interrelación, se debían mantener los niveles de actualización catastral urbana por encima del 90%, mientras que para el caso de las zonas rurales el porcentaje de actualización debía ser como mínimo del 70%.
La presente Política se enmarca en las bases del PND 2006 – 2010 (Ley Nº 1151 de 2007), que plantea metas cuantitativas en lo relacionado con la interrelación de catastro y registro, estableciendo que la información de catastro y registro de los municipios debe haber sido interrelacionada de forma inicial, y para el caso de ciudades principales esta interrelación debe estar operando. Asimismo, el Plan fijó para el caso de los procesos de actualización catastral, lo cuales tienen un impacto positivo y directo sobre la interrelación, se debían mantener los niveles de actualización catastral urbana por encima del 90%, mientras que para el caso de las zonas rurales el porcentaje de actualización debía ser como mínimo del 70%.
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Date of text
Notes
La presente Política fue aprobada mediante el Documento del Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES) Nº 3641 del 15 de febrero de 2010.
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No