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Resolución Nº 1978 - Crea y organiza el Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo, el Comité Institucional de Desarrollo Administrativo, el Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno y el Comité de Administración y Dirección del Fondo Nacional Ambiental (FONAM).

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
La presente Resolución crea y organiza el Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo del sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, como órgano encargado de liderar, coordinar, facilitar y orientar la implementación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión en el sector de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Asimismo, se crea y organiza el Comité Institucional de Desarrollo Administrativo del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, como instancia orientadora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en donde se discutirán todos los temas referentes a las políticas de desarrollo administrativo y demás componentes del modelo.
Además, se crea y organiza el Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, como instancia asesora en materia de control interno del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Igualmente, se crea y organiza el Comité de Administración y Dirección del Fondo Nacional Ambiental (FONAM), con las siguientes funciones: 1) Dictar directrices generales para la administración de los recursos del FONAM; 2) Definir sus políticas administrativas, financieras y operativas; 3) Adoptar el Reglamento Operativo del FONAM que contendrá como mínimo los criterios y procedimientos para el manejo y ejecución de los recursos asignados a las diferentes líneas de financiación del fondo; 4) Aprobar los proyectos a financiar con recursos provenientes de la Línea de Financiación por demanda de Proyectos de Inversión Ambiental del FONAM; 5) Aprobar el Plan Operativo de Inversión Anual para las subcuentas de la línea de recaudo y ejecución de los recursos con destinación específica; 6) Determinar los procedimientos y mecanismos para el seguimiento y control de las Subcuentas del FONAM, sin perjuicio de las funciones de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y la Unidad Administrativa Especial Parques Nacionales Naturales de Colombia; 7) Realizar el seguimiento a la ejecución de los recursos del FONAM.
Date of text
Repealed
Yes
Serial Imprint
Diario Oficial Nº 49.637, 16 de septiembre de 2015.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No