Resolución Nº 546 - Trámite administrativo para la declaración y delimitación de Áreas de Reserva Especial para comunidades mineras.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La presente Resolución establece el trámite administrativo para la declaración y delimitación de Áreas de Reserva Especial (ARE) para comunidades mineras, con el fin de adelantar estudios geológico-mineros y desarrollar proyectos de minería especial. La presente Resolución se aplicará a todas las solicitudes de declaración y delimitación de las ARE que se encuentren en trámite, que hayan sido iniciadas de oficio por la Agencia Nacional de Minería o quien haga sus veces, o por solicitud expresa de una comunidad minera; así como a las solicitudes que se radiquen con posterioridad a la entrada en vigencia de esta Resolución y a las ARE declaradas y delimitadas a la entrada en vigencia del presente acto administrativo.
Para efectos del trámite de declaración y delimitación de Áreas de Reserva Especial (ARE), se entiende por explotaciones tradicionales aquellas realizadas por personas vecinas del lugar que no cuenten con título minero y que por sus características socioeconómicas se constituye en la principal fuente de ingresos de esa comunidad. Una vez efectuada la revisión documental aportada en la solicitud, se realizará la visita técnica de verificación con el fin de corroborar en campo la existencia de la comunidad minera y de las explotaciones tradicionales. Igualmente, se recaudarán los medios de prueba existentes en el momento de la visita de verificación y que conlleven a demostrar actividades mineras tradicionales, para lo cual se dejará la respectiva constancia en el informe de visita.
Una vez incluido en el Catastro Minero Nacional o el sistema que haga sus veces, el acto administrativo por el cual se declara y delimita un Área de Reserva Especial (ARE), la Agencia Nacional de Minería adelantará las gestiones pertinentes para elaborar los estudios geológico-mineros a que se refiere el artículo 31 de la Ley Nº 685 de 2001.
Para efectos del trámite de declaración y delimitación de Áreas de Reserva Especial (ARE), se entiende por explotaciones tradicionales aquellas realizadas por personas vecinas del lugar que no cuenten con título minero y que por sus características socioeconómicas se constituye en la principal fuente de ingresos de esa comunidad. Una vez efectuada la revisión documental aportada en la solicitud, se realizará la visita técnica de verificación con el fin de corroborar en campo la existencia de la comunidad minera y de las explotaciones tradicionales. Igualmente, se recaudarán los medios de prueba existentes en el momento de la visita de verificación y que conlleven a demostrar actividades mineras tradicionales, para lo cual se dejará la respectiva constancia en el informe de visita.
Una vez incluido en el Catastro Minero Nacional o el sistema que haga sus veces, el acto administrativo por el cual se declara y delimita un Área de Reserva Especial (ARE), la Agencia Nacional de Minería adelantará las gestiones pertinentes para elaborar los estudios geológico-mineros a que se refiere el artículo 31 de la Ley Nº 685 de 2001.
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Web site
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Diario Oficial Nº 50.364, 22 de septiembre de 2017.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No
Implements