Resolución Nº 700 - Normas sobre la industria y comercio de los abonos o fertilizantes, enmiendas y acondicionadores del suelo.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La Resolución consta de 5 capítulos y 31 artículos. INDICE: Definiciones (I); Registro de productores (II); Laboratorios para el control interno de calidad (III); Licencia de venta de productos (IV); Divulgación (V).
La presente Resolución establece las normas a las cuales se debe sujetar toda persona natural o jurídica que se dedique a la importación, producción, comercialización y exportación de abonos o fertilizantes, enmiendas y acondicionadores del suelo. Los productores de abonos o fertilizantes, enmiendas o acondicionadores del suelo deben registrarse en el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) (art. 2º). Para la comercialización los productos, ya sean importados o producidos en el país, deberán tener licencia de venta vigente expedida por el ICA; para la expedición de la licencia de venta de los productos se requiere del concepto técnico favorable expedido por el Comité Técnico Agrícola de la División de Insumos Agropecuarios (art. 9º).
La presente Resolución establece las normas a las cuales se debe sujetar toda persona natural o jurídica que se dedique a la importación, producción, comercialización y exportación de abonos o fertilizantes, enmiendas y acondicionadores del suelo. Los productores de abonos o fertilizantes, enmiendas o acondicionadores del suelo deben registrarse en el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) (art. 2º). Para la comercialización los productos, ya sean importados o producidos en el país, deberán tener licencia de venta vigente expedida por el ICA; para la expedición de la licencia de venta de los productos se requiere del concepto técnico favorable expedido por el Comité Técnico Agrícola de la División de Insumos Agropecuarios (art. 9º).
Attached files
Date of text
Notes
Que deroga la Resolución Nº 420 de 1988.
Repealed
Yes
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No