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Resolución Nº 872 - Metodología para el cálculo del índice de escasez para aguas subterráneas.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
La presente Resolución adopta la metodología para el cálculo del índice de escasez para aguas subterráneas desarrollada por el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM). Para la aplicación de las fórmulas de cálculo del índice de escasez de aguas subterráneas, el valor del caudal captado se calculará como la sumatoria de los volúmenes extraídos del acuífero mediante pozos, aljibes y manantiales, cuantificados a través de sistemas de medición, en un periodo de tiempo determinado. Cuando las captaciones no cuenten con sistemas de medición de volumen o caudal, la autoridad ambiental competente empleará el caudal concesionado para estimar el caudal captado.
En ausencia de concesión, la autoridad ambiental competente para efectos del cálculo del índice de escasez, estimará los caudales captados, utilizando métodos indirectos basados en los inventarios de puntos de agua, y fundamentados entre otros, en las especificaciones de la bomba y el régimen de bombeo, las dimensiones del sistema de almacenamiento, tiempo de llenado y régimen de bombeo, y por último, en módulos de consumo, de acuerdo con la información disponible. Los valores de los caudales provenientes de las salidas de manantiales naturales, se estimarán mediante aforos.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
Diario Oficial Nº 46.273, 19 de mayo de 2006.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No