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Decreto Ejecutivo Nº 36918-MINAET - Reglamento de uso público del Parque Nacional Marino Las Baulas de Guanacaste.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
El presente Reglamento tiene por objetivo conservar los ecosistemas marinos, costeros y terrestres que aseguren la supervivencia y restauración de las poblaciones de la tortuga baula y la biodiversidad que resguarda el Parque Nacional Marino Las Baulas de Guanacaste, en adelante El Parque. Sus normas son obligatorias para todos los visitantes, guías, voluntarios, investigadores, residentes, funcionarios públicos y demás personas que ingresen al Parque. Dentro de los límites del Parque queda prohibido vaciar cualquier tipo de desecho, sustancia o material dentro de los límites del Parque; la pesca comercial, industrial o artesanal, según las definiciones contenidas en la Ley de Pesca y Acuicultura; la pesca deportiva según la definición contenida en la Ley de Pesca yAcuicultura; el uso de redes de arrastre, agalleras, chinchorros, trasmallos, atarrayas, palangre, líneas, arbaletas, explosivos y cualquier otro tipo de arte de pesca no permitido por la Ley de Pesca y Acuicultura; entre otros. Asimismo, se establecen prohibiciones y restricciones especiales durante el período de anidación de la tortuga baula.
Date of text
Entry into force notes
7 de febrero de 2012.
Repealed
No
Publication reference
Gaceta Nº 27, de 7 de febrero de 2012.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No