Decreto Ejecutivo Nº 43373-MAG ─ Reglamento para la asignación de la capacidad de pesca reconocida al Estado de Costa Rica en la Comisión Interamericana del atún tropical para su utilización por buques atuneros de cerco.
Country
Type of law
Regulation
Date of original text
Date of latest amendment
Abstract
El objetivo del presente reglamento es regular la asignación de la capacidad de pesca para su utilización por buques atuneros de cerco, reconocida al Estado de Costa Rica en la resolución sobre la capacidad de la flota atunera operando en el Océano Pacífico Oriental, en adelante capacidad de pesca, de la Comisión Interamericana del Atún Tropical, en adelante CIAT, así como la creación del registro de asignación de esta capacidad y la captura nominal generada. La asignación de la capacidad de pesca reconocida al Estado de Costa Rica constituye un derecho soberano de participación costarricense en la pesquería de atún y especies afines en el área de la Convención de la CIAT y el Océano Pacífico Oriental, en adelante OPO. La asignación de capacidad de pesca por parte del Estado, deberá procurar el abastecimiento de materia prima, a la industria nacional, y la de incentivar la creación de una flota pesquera atunera nacional.
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Entry into force notes
Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Notes
Reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 43811 del 28 de noviembre de 2022.
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No