Decreto Nº 12907-A-1981 ─ Reglamento a la Ley de Semillas.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
La Ley consta de 8 capítulos y 90 artículos. INDICE: Oficina Nacional de Semillas (I); Recursos financieros (II); Administración (III); Producción, procesamiento y registro de variedades (IV); Obligaciones de los productores de semillas (V); Normas sobre comercialización de semillas (VI); Infracciones y sanciones (VII); Definiciones (VIII).
La presente Ley establece que la Oficina Nacional de Semillas actuará como certificador de semillas para el país (art. 1º). Para obtener la condición de productor de semillas, el interesado llenará el formulario que para tal efecto ha confeccionado la Oficina Nacional de Semillas (art. 43). Los materiales mejorados producidos por los sectores oficial y privado, nacional o extranjero, para propósitos de inscripción y comercialización en cualquiera de las categorías de semillas, deberán ser registrados en la Oficina Nacional de Semillas (art. 56).
La presente Ley establece que la Oficina Nacional de Semillas actuará como certificador de semillas para el país (art. 1º). Para obtener la condición de productor de semillas, el interesado llenará el formulario que para tal efecto ha confeccionado la Oficina Nacional de Semillas (art. 43). Los materiales mejorados producidos por los sectores oficial y privado, nacional o extranjero, para propósitos de inscripción y comercialización en cualquiera de las categorías de semillas, deberán ser registrados en la Oficina Nacional de Semillas (art. 56).
Attached files
Date of text
Repealed
No
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No