Decreto Nº 35189-MEIC ─ Establece el precio mínimo de compra del industrial al productor de arroz y precios máximos de venta, en todas las etapas de comercialización.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Decreto tiene por objetivo el establecimiento del precio mínimo de compra del industrial al productor de arroz y precios máximos de venta por saco de 73,6 kilogramos de arroz en granza, en todas las etapas de comercialización.
Considerando el precio del saco de arroz en granza nacional y el precio del saco de arroz en granza importado, se establecen los precios máximos de venta, para todas las calidades de arroz pilado, en todos los niveles de comercialización, los cuales son producto de la mezcla ponderada de los distintos precios del arroz en granza, según su origen, los mismos que reconocen el cargo adicional de 17,50 por kilogramo que corresponde a la recuperación del Sector Industrial Arrocero, por el pago del diferencial en el precio del arroz en granza pagado al agricultor nacional.
Considerando el precio del saco de arroz en granza nacional y el precio del saco de arroz en granza importado, se establecen los precios máximos de venta, para todas las calidades de arroz pilado, en todos los niveles de comercialización, los cuales son producto de la mezcla ponderada de los distintos precios del arroz en granza, según su origen, los mismos que reconocen el cargo adicional de 17,50 por kilogramo que corresponde a la recuperación del Sector Industrial Arrocero, por el pago del diferencial en el precio del arroz en granza pagado al agricultor nacional.
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Date of text
Notes
Deroga el Decreto Nº 34773-MEIC del 24 de setiembre del 2008, el Decreto Nº 34870-MEIC del 10 de noviembre del 2008, y el Decreto Nº 35020-MEIC del 29 de enero del 2009.
Repealed
Yes
Serial Imprint
La Gaceta Nº 82, Alcance 17, 29 de abril de 2009.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No