Decreto Nº 38.834/MAG/S/MINAE/MTSS - Prohíbe el registro, importación, exportación, fabricación, formulación, almacenamiento, distribución, reempaque, manipulación, venta, mezcla y uso de plaguicidas que contengan el ingrediente activo endosulfán.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Decreto tiene por objetivo prohibir el registro, importación, exportación, fabricación, formulación, almacenamiento, distribución, transporte, reempaque, reenvase, manipulación, venta, mezcla y uso de ingredientes activos, grado técnico o plaguicidas sintéticos formulados, que contengan el ingrediente activo endosulfán. Se prohíbe el uso del endosulfán en todos los cultivos, excepto para el cultivo de café, en el cual se autoriza su uso por un período de 24 meses para el control de la Broca del café (Hypothenemus hampei), después del cual se prohibirá totalmente su uso.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
La Gaceta Nº 62, 30 de marzo de 2015.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No