Decreto Nº 39310-MH-MINAE-MEIC-MTSS ─ Aprueba la Política Nacional de Compras Públicas Sustentables y crea el Comité Directivo Nacional de Compras Sustentables.
Country
Type of law
Regulation
Abstract
El presente Decreto aprueba la Política Nacional de Compras Públicas Sustentables y crea el Comité Directivo Nacional de Compras Sustentables, que tiene como finalidad que todas las instituciones de la Administración Central y Descentralizada incorporen dentro de los Planes de Gestión Ambiental Institucional, las acciones pertinentes y necesarias orientadas a la sustitución de productos de una alta huella de carbono, siendo prioritaria la utilización de madera nacional cosechada con el objetivo de contribuir efectivamente con el Plan Nacional de Descarbonización y la Contribución Prevista y Determinada a Nivel Nacional de Costa Rica ante la Convención Marco de las Naciones Unidas para el Cambio Climático.
El objetivo de la Política Nacional de Compras Públicas Sustentables, es propiciar, a través del poder de compra del Estado, la estimulación de la producción de bienes y servicios con innovación y el mejor desempeño económico, ambiental y socialmente responsable, por lo que se declara de interés público su implementación. Para efectos de la presente Política Nacional de Compras Públicas Sustentables, el Sector Público, que se abastece de bienes, obras y servicios, deberán tomar en cuenta la innovación y las siguientes consideraciones al momento de realizar la compra: 1) Económicas: El valor monetario, precio, disponibilidad, calidad y funcionalidad de los productos, asociados a una perspectiva sustentable; 2) Ambientales: se debe de tomar en cuenta los efectos ambientales que un producto o servicio tiene a través de todo su ciclo de vida; 3) Sociales: se debe considerar los efectos sociales vinculados a temas como la erradicación de la pobreza, la equidad en la distribución de recursos y los derechos humanos; así como el cumplimiento de las normas y garantías laborales y sociales que protegen a las personas trabajadoras involucradas en todas las etapas de la elaboración de los productos adquiridos o servicios contratados por la Administración, considerando las leyes conexas en materia de erradicación de trabajo infantil, protección de las personas trabajadoras, Ley de Promoción de la igualdad social de la mujer y la Ley de Igualdad de Oportunidades para las personas con discapacidad.
Corresponderá al Comité Directivo de Compras Públicas Sustentables las siguientes funciones: 1) Aprobación la estrategia y el plan de acción de la Política Nacional de Compras Públicas Sustentables y sus modificaciones; 2) Velar por la ejecución y divulgación de la Política Nacional de Compras Públicas Sustentables, así como su estrategia y plan de acción; 3) Velar por el seguimiento y mejora continua de la estrategia y el plan de acción de la política de compras públicas sustentables en el Sector Público; 4) Proponer e impulsar mecanismos para asegurar que la Política Nacional de Compras Públicas Sustentables se mantenga como una prioridad de la agenda política nacional; 5) Elaborar información sistemática sobre los avances de la implementación de la Política Nacional de Compras Públicas Sustentables.
El objetivo de la Política Nacional de Compras Públicas Sustentables, es propiciar, a través del poder de compra del Estado, la estimulación de la producción de bienes y servicios con innovación y el mejor desempeño económico, ambiental y socialmente responsable, por lo que se declara de interés público su implementación. Para efectos de la presente Política Nacional de Compras Públicas Sustentables, el Sector Público, que se abastece de bienes, obras y servicios, deberán tomar en cuenta la innovación y las siguientes consideraciones al momento de realizar la compra: 1) Económicas: El valor monetario, precio, disponibilidad, calidad y funcionalidad de los productos, asociados a una perspectiva sustentable; 2) Ambientales: se debe de tomar en cuenta los efectos ambientales que un producto o servicio tiene a través de todo su ciclo de vida; 3) Sociales: se debe considerar los efectos sociales vinculados a temas como la erradicación de la pobreza, la equidad en la distribución de recursos y los derechos humanos; así como el cumplimiento de las normas y garantías laborales y sociales que protegen a las personas trabajadoras involucradas en todas las etapas de la elaboración de los productos adquiridos o servicios contratados por la Administración, considerando las leyes conexas en materia de erradicación de trabajo infantil, protección de las personas trabajadoras, Ley de Promoción de la igualdad social de la mujer y la Ley de Igualdad de Oportunidades para las personas con discapacidad.
Corresponderá al Comité Directivo de Compras Públicas Sustentables las siguientes funciones: 1) Aprobación la estrategia y el plan de acción de la Política Nacional de Compras Públicas Sustentables y sus modificaciones; 2) Velar por la ejecución y divulgación de la Política Nacional de Compras Públicas Sustentables, así como su estrategia y plan de acción; 3) Velar por el seguimiento y mejora continua de la estrategia y el plan de acción de la política de compras públicas sustentables en el Sector Público; 4) Proponer e impulsar mecanismos para asegurar que la Política Nacional de Compras Públicas Sustentables se mantenga como una prioridad de la agenda política nacional; 5) Elaborar información sistemática sobre los avances de la implementación de la Política Nacional de Compras Públicas Sustentables.
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Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
La Gaceta Nº 239, Alcance 111, 9 de diciembre de 2015.
Source language
Spanish
Legislation Amendment
No