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Decreto Nº 39835-MP-MTSS ─ Modifica el Decreto Nº 39089-MP-MTSS, que declara de interés público y nacional el fomento, creación, desarrollo y formalización de los grupos, organizaciones y empresas de la Economía Social Solidaria.

Country
Type of law
Regulation
Source

Abstract
El presente Decreto modifica el que declara de interés público y nacional el fomento, creación, desarrollo y formalización de los grupos, organizaciones y empresas de la Economía Social Solidaria, respecto a la inclusión en los planes estratégicos y operativos de las instituciones públicas a todo nivel, de los objetivos, metas e indicadores para el desarrollo, promoción, fortalecimiento y sostenibilidad de la Economía Social Solidaria. Se entiende en este contexto por Economía Social Solidaria como el conjunto de actividades económicas y empresariales realizadas en el ámbito privado por diversas entidades y organizaciones, para satisfacer el interés colectivo de las personas que las integran y el interés general económico social de los territorios donde se ubican.
Los principios que rigen a la Economía Social Solidaria son los siguientes: 1) Primacía de las personas y del fin u objetivos sociales sobre el capital; 2) La toma de decisiones y la gestión deben respetar los principios de democracia, autonomía y participación; 3) El aporte del trabajo y los servicios utilizados por las personas prevalecen sobre sus aportaciones al capital social; 4) Los resultados obtenidos se aplican al logro de los objetivos sociales y los excedentes por distribuir entre las personas que las integran, se realizan principalmente en función del trabajo, el uso de los servicios o por las actividades que hayan aportado; 5) Promoción de la solidaridad interna para la igualdad de oportunidades entre todas las personas que participan, tales como la cohesión, la inserción social y la sostenibilidad, así como la conciliación entre la vida personal, familiar y laboral; 6) Promoción del bienestar social, con el compromiso del desarrollo local, la generación de empleos y puestos de trabajo estables y de calidad; 7) Autonomía e independencia respecto de los poderes públicos; 8) La responsabilidad social y ambiental; 9) El respeto y fomento de las tradiciones y la diversidad cultural en donde se desarrolle la actividad social y económica; 10) La promoción del trabajo mediante la articulación de encadenamientos que promuevan redes socio-productivas, a nivel sectorial y territorial.
Date of text
Repealed
No
Serial Imprint
La Gaceta Nº 168, 1º de septiembre de 2016.
Source language

Spanish

Legislation Amendment
No